Con fecha del
16 de abril de 2019 La Secretaría de Economía publicó en Diario Oficial de la
Federación (DOF) el inicio de la investigación administrativa por prácticas
desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de
precios, sobre las importaciones de torres de viento originarias de la
República Popular China (China). Las solicitantes son Arcosa Industries de México, S. de R.L. de C.V.
y Speco Wind Power, S.A. de C.V.
El inicio de esta investigación fue con base a los argumentos y pruebas
presentados por la producción nacional (las solicitantes). Por lo que la
Secretaría concluyó que se tenian indicios suficientes para presumir que las
importaciones de torres viento originarias de China , se efectuaron en aparentes
condiciones de discriminación de precios causando un daño material a la rama de
la producción nacional del producto similar.
Los principales elementos evaluados por la autoridad son los siguientes:
a. Las
importaciones de torres de viento originarias de China se realizaron con un
margen de discriminación de precios superior al de minimis, previsto en el
artículo 5.8 del Acuerdo Antidumping.
b. Las
importaciones de torres de viento originarias de China se incrementaron en
términos absolutos y relativos. En el periodo analizado aumentaron 183%,
lo que representa una participación de 82% en el total de las importaciones
en el periodo investigado.
c. En
relación con el mercado, las importaciones investigadas aumentaron su
participación 14 puntos porcentuales en el CNA en el periodo analizado, al
pasar de 39% en el periodo agosto de 2015-julio de 2016 a 53% en
el periodo investigado y, en relación con la producción
nacional, aumentaron su participación 90 puntos en el periodo analizado,
al pasar de una contribución de 55% a 145%.
d. Los
precios de las importaciones investigadas mostraron un comportamiento
decreciente en el periodo analizado, lo cual constituye un factor que
incentivó su incremento y mayor participación en el mercado nacional en
detrimento de la rama de producción nacional.
e. El
precio promedio de venta al mercado interno de la rama de producción nacional,
disminuyó 3% en el periodo analizado, derivado de una disminución de 13%
en el periodo agosto de 2016-julio de 2017 y un aumentó de 12% en el
periodo investigado; si bien los precios en este último periodo crecieron,
se mantuvieron por debajo del nivel registrado en el periodo agosto de
2015-julio de 2016.
f. La
concurrencia de las importaciones investigadas tuvo efectos adversos en el
desempeño de los indicadores relevantes de la rama de producción nacional
en el periodo analizado; entre los principales indicadores económicos
afectados se encuentran los siguientes: producción, PNOMI, participación
de mercado, ventas al mercado interno, ingresos por ventas al mercado
interno, utilización de la capacidad instalada, salarios, productividad,
beneficios operativos y margen de operación.
g. Los
resultados de las proyecciones de los indicadores económicos y financieros para
el periodo posterior al investigado, aunados a la probabilidad fundada de
un incremento de las importaciones investigadas en el futuro inmediato,
sugieren que se registraría un deterioro adicional en la rama de
producción nacional, lo que agravaría el daño causado a la misma.
h. No se
identificaron otros factores de daño diferentes de las importaciones
originarias de China en presuntas condiciones de discriminación de
precios.
Para mayor información:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5557889&fecha=16/04/2019